POLÍTICAS DE PRIVACIDAD
CLUM es una plataforma tecnológica de marca registrada, apoyada en una aplicación de software en la nube y una app y tiene como objetivo principal, apoyar a los diferentes actores de la cadena de suministro en sus trámites de última milla.
La plataforma CLUM cuenta con funcionalidades que permiten a los clientes, agentes de carga, agentes aduanales, transportistas y conductores, automatizar y fortalecer sus tareas administrativas, operativas, de control y monitoreo de sus trámites permitiendo con ello una mejor coordinación y comunicación entre los diversos actores.
Los actores hacen uso de la plataforma tanto a nivel de la aplicación de software en la nube como en la app, registrando información y llevando a cabo acciones relacionadas con sus trámites. Todos estos datos y acciones son almacenados en bases de datos privadas utilizadas sólo para este fin.
CLUM es sólo una plataforma tecnológica al servicio de los actores de la cadena de última milla. Los actores son responsables del buen uso y manejo de la misma dentro del marco de la legalidad de las actividades que realicen.
Cuando CLUM y LOS ACTORES DE LA CADENA DE SUMINISTRO (clientes, agentes de carga, agentes aduanales, transportistas y conductores) actúen conjuntamente se denominarán como LAS PARTES. Ambas partes a su vez manejarán la figura de PARTE PROPIETARIA y PARTE RECEPTORA de Información Confidencial, por lo que acuerdan y están sujetos a cumplir con las siguientes Políticas de Privacidad y Confidencialidad
1. OBJETO.
1.1 El presente documento tiene por objeto, establecer los lineamientos aplicables al manejo de INFORMACION CONFIDENCIAL y de PROTECCIÓN DE DATOS en virtud del uso de la plataforma CLUM.
1.2 Salvo en los casos expresamente establecidos en este documento, no se podrá divulgar y/o revelar, a persona alguna, en forma total o parcial la INFORMACION CONFIDENCIAL que sea proporcionada directa o indirectamente a ella por la PARTE PROPIETARIA, sus subsidiarias o sus filiales; sin el consentimiento previo y por escrito de la PARTE PROPIETARIA de la información confidencial. Asimismo, la INFORMACION CONFIDENCIAL no podrá ser utilizada por LA PARTE RECEPTORA para su propio beneficio o el beneficio de terceros.
1.3 Se entenderá por PARTE RECEPTORA aquella que reciba INFORMACION CONFIDENCIAL de la PARTE PROPIETARIA que es la dueña de la INFORMACION CONFIDENCIAL entregada.
2. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL.
2.1 Para los efectos del presente documento, se entiende por INFORMACION CONFIDENCIAL toda aquella información escrita, gráfica, proporciona a través de la app CLUM, así como la contenida en medios electrónicos o electromagnéticos, que se encuentre identificada claramente por LA PARTE PROPIETARIA, sus filiales o subsidiarias como confidencial. Dicha información incluye, de manera enunciativa más no limitativa, los términos y condiciones del presente acuerdo y sus respectivos anexos (si los hubiere), diseños, precios, dibujos, software, análisis de mercado, información técnica, financiera y comercial relativa a nombres de clientes o socios potenciales, propuestas de negocios, estrategias de negocios, estructura organizacional, estructura accionaria de las sociedades y de las partes integrantes de un grupo corporativo, los reportes, diagramas, diagramas de flujo, planes, proyecciones de mercado, datos, coordenadas de ubicación de los conductores que utilizan la app CLUM, y cualesquier otra información industrial, junto con fórmulas, mecanismos, patrones, métodos, técnicas, procesos de análisis, marcas registradas o no registradas, patentes, nombres o avisos comerciales, documentos de trabajo, compilaciones, comparaciones, estudios o cualquier otro u otros documentos preparados y conservados con carácter confidencial por LA PARTE PROPIETARIA, sus filiales o subsidiarias.
2.2 Datos de Geolocalización
La Plataforma CLUM ofrece a los actores una app que les permite monitorear información del proceso de sus trámites y llevar a cabo acciones necesarias para la adecuada ejecución de sus trámites.
Una de las características relevantes de la plataforma CLUM es permitir la geolocalización del trámite. La geolocalización del trámite consiste en ubicar la posición geográfica en la que se encuentra el dispositivo que está siendo utilizado por un usuario con rol Conductor a quien le fue asignado el trámite.
El usuario con rol de Conductor tiene en su dispositivo instalada la app CLUM la cual obtiene las coordenadas de ubicación (longitud / latitud) a través del GPS del dispositivo. El GPS del dispositivo se activa a través de un permiso de la app que usuario dueño del dispositivo debe aceptar.
Los datos de coordenadas sólo se obtienen y procesan en la app en el siguiente escenario:
- Para usuarios con el rol de Conductor. El tracking es realizado sólo a los usuarios con el rol de Conductor. La app CLUM no obtiene datos de coordenadas ni las envía al servidor CLUM para ningún otro rol (clientes, agente aduanal, agente de carga, transportista) que hace uso de la app.
- El usuario con Rol de Conductor debe tener por lo menos un trámite asignado y el trámite debe estar en tránsito de entrega al cliente. El tránsito de entrega al cliente es un estado del flujo del proceso del trámite que indica que el usuario con rol de Conductor va en camino al cliente por lo tanto sólo es requerido hacer el tracking en esta etapa del proceso para beneficio de los clientes. Una vez el trámite es entregado al cliente a través de una instrucción del usuario conductor, la app CLUM deja de obtener y enviar coordenadas de ubicación del dispositivo.
Basado en lo anterior, la plataforma CLUM a través de la aplicación de software en la nube, ofrece una pantalla que muestra en un mapa de Google, la ubicación de los trámites en tránsito. Sólo los usuarios asociados a cada trámite están autorizados a visualizar la ubicación geográfica del dispositivo del usuario con rol de Conductor.
Los usuarios asociados a cada trámite y que están autorizados a visualizar la ubicación geográfica son sólo aquellos usuarios que participan directamente en el procesamiento de cada trámite, esto es, el cliente a quien le pertenece el trámite, el agende aduanal que procesó el trámite, el agente de carga que procesó el trámite, el transportista (dueño de camiones) responsable de hacer llegar el trámite y que a su vez es responsable del usuario Conductor a quien pertenece el dispositivo al cual se le hace el tracking.
3. PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN.
3.1 LA PARTE RECEPTORA reconoce que la INFORMACION CONFIDENCIAL que maneje de LA PARTE PROPIETARIA es propiedad exclusiva de ésta, de ser aplicable, LA PARTE PROPIETARIA deberá entregarla junto con un documento en el que se haga constar que es propietaria de la INFORMACION CONFIDENCIAL proporcionada. Bajo ninguna circunstancia se entenderá que la INFORMACION CONFIDENCIAL que maneje LA PARTE RECEPTORA es de su propiedad.
3.2 LA PARTE RECEPTORA reconoce:
a. No le confiere respecto de la INFORMACION CONFIDENCIAL que le sea entregada, derechos o licencias de propiedad industrial o intelectual, sobre la misma.
b. No constituye una promesa, compromiso u obligación para la PARTE PROPIETARIA, sus empresas subsidiarias o filiales, de realizar una compraventa de productos o servicios con LA PARTE RECEPTORA, sus empresas subsidiarias o filiales; así como tampoco constituye una promesa, compromiso u obligación de establecer cualquier otra relación contractual con LA PARTE PROPIETARIA y/o sus empresas subsidiarias o filiales.
c. No autoriza a LA PARTE RECEPTORA para el uso de marca registrada, patente, derecho de autor, secreto de la empresa o derecho de propiedad industrial que pertenezca a la PARTE PROPIETARIA, para un fin distinto al previsto en el presente instrumento.
4. MANEJO DE LA INFORMACIÓN.
4.1 LA PARTE RECEPTORA sólo podrá revelar la INFORMACION CONFIDENCIAL que se le proporcione, a sus filiales o subsidiarias, empleados, agentes, asesores, representantes o cualquier persona que la requiera en forma justificada y únicamente para los fines para los cuales la PARTE PROPIETARIA la haya entregado. En este caso, las filiales o subsidiarias, empleados, agentes, asesores, representantes o cualquier persona relacionada a la PARTE RECEPTORA a la que se le haya revelado información, quedarán en la obligación de guardar absoluta confidencialidad en los términos del presente documento.
4.2 La PARTE RECEPTORA se obliga a no duplicar, reproducir o de cualquier forma realizar copias de la INFORMACION CONFIDENCIAL, sin el consentimiento previo y por escrito de la PARTE PROPIETARIA.
4.3. La PARTE PROPIETARIA tendrá el derecho de exigir que, habiendo la INFORMACION CONFIDENCIAL cumplido su propósito informativo o referencial dentro de la negociación a la cual aplique el presente Acuerdo, ésta sea devuelta, independientemente de que la INFORMACION CONFIDENCIAL se haya entregado antes o después de la celebración de este Acuerdo, obligándose LA PARTE RECEPTORA incondicionalmente a destruir la información que no pudiere ser devuelta de manera tal que en ningún caso conserve la información confidencial.
4.4. LA PARTE RECEPTORA no podrá hacer copias de la INFORMACION CONFIDENCIAL entregada por LA PARTE PROPIETARIA sin el previo consentimiento de ésta por escrito.
4.5. No obstante, lo anterior, LA PARTE RECEPTORA no tendrá obligación de mantener como confidencial la información a que se refiere este documento en los siguientes casos:
a. Que previamente a su divulgación fuese conocida por la Parte RECEPTORA, libre de cualquier obligación de mantenerla como información confidencial, según se evidencie por documentación que posea.
b. Que sea desarrollada o elaborada de manera independiente por la PARTE RECEPTORA o por requerimiento de ésta, o bien aquella legalmente recibida de otra fuente con derecho a divulgarla, libre de restricciones.
c. Que sea o llegue a ser del dominio público, sin mediar incumplimiento de este documento por la Parte receptora.
d. Que sea recibida de un tercero sin que esa divulgación quebrante o viole una obligación de confidencialidad.
4.6. En el supuesto que alguna autoridad, sea administrativa o judicial, solicite a la PARTE receptora la INFORMACION CONFIDENCIAL, ésta deberá dar aviso de inmediato a la PARTE PROPIETARIA a fin de que ésta tome las medidas que considere pertinentes, en la medida en que sea posible y conforme la normativa legal pertinente.
Si la PARTE receptora se ve obligada a revelar INFORMACION CONFIDENCIAL por disposición de ley, de alguna autoridad o agencia de gobierno, solamente revelará aquella INFORMACION CONFIDENCIAL que le haya sido expresamente requerida, haciendo su mejor esfuerzo para que en caso de que la autoridad no haya delimitado la información requerida, busque que se delimite a efecto de afectar lo menos posible lo relativo a la INFORMACION CONFIDENCIAL.
4.7. LA PARTE RECEPTORA deberá y se obliga en todo momento durante la vigencia del presente instrumento y durante cualquier prórroga del mismo a:
a. Usar la INFORMACION CONFIDENCIAL exclusivamente para los propósitos de las negociaciones de las que se deriva o aplica el presente documento.
b. Asegurarse que los individuos dentro de su organización a quienes se les revele la INFORMACION CONFIDENCIAL que pertenezca a LA PARTE PROPIETARIA, conozcan los términos y condiciones establecidos en el presente documento.
c. Mantener la información confidencial tangible en un sitio seguro.
d. Informar a LA PARTE PROPIETARIA de inmediato cuando tenga conocimiento de la pérdida, divulgación, reproducción o uso no autorizado de la información confidencial que se haya entregado a la PARTE RECEPTORA.
4.8 En adición a lo anterior, le estará totalmente prohibido a la PARTE RECEPTORA lo siguiente:
5. ACCIÓN LEGAL.
5.1. Declara LA PARTE RECEPTORA que en caso de que revele con intención y/o dé a conocer de manera deliberada a tercero alguno fuera de los establecidos en el presente Acuerdo, o bien utilice en su propio beneficio la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, para fines distintos a los establecidos en el presente documento, será objeto de acción legal por los daños y perjuicios causados a LA PARTE PROPIETARIA.
5.2. Constituirán hechos generadores de responsabilidad:
5.3. En caso que el incumplimiento de este documento resulte del actuar doloso o culposo grave de alguno de los accionistas, funcionarios, directores, empleados, abogados, contadores y asesores en general, de LA PARTE RECEPTORA, que hubiesen adquirido conocimiento de la información confidencial en virtud de este documento, aquella deberá garantizar la salvaguarda de los intereses de LA PARTE PROPIETARIA, a través del inicio oportuno de las acciones civiles y penales correspondientes, para que respondan ante la justicia aquellos y cualesquiera otros involucrados.
5.4. Queda entendido y comprendido por LAS PARTES que lo anterior no constituye eximente de responsabilidad a favor de LA PARTE RECEPTORA.
6. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN
6.1 Cualquier disputa o demanda que surja en relación con la interpretación, aplicación, ejecución y/o terminación del presente documento, serán sometidas a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la República de Panamá o bajo los métodos de Resolución de Conflictos habilitados en la República de Panamá.